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Congreso aprueba castigar con cárcel ataques con ácido en contra de las mujeres en Michoacán

Mediante una reforma al Código Penal del Estado, el Congreso local aprobó que en Michoacán se sancione con desde 10 hasta 16 años de prisión los ataques con ácido u otras sustancias corrosivas en contra de la mujer.

Esta nueva tipificación fue promovida por la diputada de Representación Parlamentaria Eréndira Isauro Hernández, quién se inspiró en la Ley Malena, promovida a nivel nacional por colectivas feministas.

Dicha reforma también modifica la la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán a fin de establecer nuevas figuras penales cuando se trata de este tipo de ataques hacia la mujer.

“En la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres la violencia física se define en nuestro Estado como cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto, pero también cuando se utilice el ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que, en determinadas condiciones, pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas”, declaró la diputada.

Finalmente, en el Código Penal del Estado se especifica que cuando las lesiones se produzcan dolosamente mediante el uso de ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que en determinadas condiciones pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas, se imponga una pena hasta de 16 años de prisión.

Por: Miguel Santos

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